Guía · Comercio exterior
Todo lo que necesitas para tu primera importación —qué se paga, qué documentos se piden y cuándo necesitas un agente de aduana— explicado en simple.
En resumen: para importar mercancía a Chile con valor FOB sobre USD 3.000 necesitas un agente de aduana. Se paga un derecho ad valorem general de 6% sobre el valor CIF (mercancía + flete + seguro) más IVA de 19%. El proceso tiene 5 pasos: cotizar, reunir documentos, obtener permisos, tramitar la Declaración de Ingreso (DIN) y retirar la carga.
Sí, cuando el valor FOB de la mercancía supera los USD 3.000. Bajo ese monto puedes tramitar personalmente ante Aduana. Sobre ese monto, la ley exige operar con un agente de aduana, que es un auxiliar de la función pública responsable de que tu despacho cumpla la normativa.
Antes de comprar, estima los costos totales: mercancía + flete + seguro + derechos + IVA + gastos. Un buen cálculo evita sorpresas y define si el negocio es rentable. Puedes apoyarte en nuestra guía de costos de importación.
Los documentos base de toda importación son: factura comercial, documento de transporte (BL marítimo, AWB aéreo o carta de porte terrestre) y packing list. Según el producto pueden sumarse certificados de origen (para usar acuerdos comerciales) y certificaciones específicas.
Alimentos, productos vegetales o animales, productos del mar, cosméticos o farmacéuticos requieren autorización de organismos como SAG, Sernapesca o el ISP. Importar sin el permiso correcto significa retención de la carga y sobrecostos.
El agente de aduana clasifica la mercancía en el arancel, confecciona la DIN y la presenta al Servicio Nacional de Aduanas. La carga puede quedar seleccionada para aforo (revisión documental o física). Un operador certificado OEA como STEPHENS gestiona el aforo con procesos auditados por la propia autoridad.
Pagados los derechos e IVA, la carga queda liberada y se coordina el retiro y el transporte a tu bodega.
Los dos cobros principales del Estado son:
| Concepto | Tasa | Sobre qué se calcula |
|---|---|---|
| Derecho ad valorem | 6% general | Valor CIF (mercancía + flete + seguro) |
| IVA | 19% | Valor CIF + derecho ad valorem |
Con los acuerdos comerciales de Chile (China, EE.UU., UE y decenas más), el arancel puede rebajarse o eliminarse presentando el certificado de origen correspondiente. El detalle completo, con un ejemplo numérico, está en la guía de costos.
Preguntas frecuentes
Solo si el valor FOB no supera los USD 3.000. Sobre ese monto, la normativa exige un agente de aduana.
6% de derecho ad valorem sobre el CIF más IVA de 19%. Con acuerdos comerciales el arancel puede bajar o eliminarse.
Debes obtener la autorización del organismo (SAG, Sernapesca, ISP u otro) antes de internar la carga. Nosotros identificamos y tramitamos los permisos según el producto.
De la cotización a la entrega, con un equipo certificado OEA y trazabilidad en tiempo real.